Calle del Arco

Urbanismo

– Plazo de pago en periodo voluntario:
Del 20/03/2024 al 21/05/2024

– Dos plazos sin intereses del 50% de la deuda:
1.- 02/04/2024
2.- 02/08/2024

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Campamentos de Verano 2023

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Plan de medidas Antifraude del Ayuntamiento de Palenciana

Buzón de denuncias. Se habilita un procedimiento para la denuncia de irregularidades a través de la página web del Ayuntamiento, incluyéndose el enlace al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), órgano encargado de coordinar las acciones...

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Subvención de Diputación de Córdoba para el Punto Vuela de Palenciana 2024

El ayuntamiento de Palenciana ha recibido una ayuda de la Diputación Provincial dentro de la Convocatoria de subvenciones para la Cooperación anual con los ayuntamientos de la provincia de Córdoba para la dinamización de los Puntos Vuela en el año 2024.

La red de Puntos Vuela está diseñada para crear oportunidades, facilitar y dar confianza a la vida digital de la ciudadanía; contribuir a que Andalucía a través la implantación de tecnologías digitales, sea una región abierta, democrática y sostenible, además de mejorar la calidad de vida.

En relación con este objetivo, el Punto Vuela de Palenciana viene realizando en 2024 un total de 1.178 actividades, a través de las cuales se ha acompañado a la ciudadanía en la realización de trámites con las diferentes administraciones, atendido consultas y llevado a cabo una labor de formación que ha permitido mejorar el acceso a las TIC´s y la competitividad global en nuestro territorio.

En ese contexto, como viene haciendo la Diputación los años anteriores, la Diputación aprueba un programa de colaboración para el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, en base al Plan Estratégico 2022-2025 aprobado en Consejo Rector celebrado el 21 de mayo de 2021, subvencionando al Ayuntamiento de Palenciana con 7.575,06 euros, lo cual supone el 33,33% del total del presupuesto de la actividad.

Calle el Arco

Urbanismo

Web municipal de Palenciana

Palenciana cuenta con Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de mayo de 2002, en las que, además de Suelo Urbano, Suelo Apto para Urbanizar y Suelo Urbanizable Común, se definen Sistemas Generales de Equipamiento, dentro del Suelo Urbano, y se crea una categoría de Suelo No Urbanizable de Protección.

El Suelo Urbano se encuentra en su totalidad en el núcleo principal de población, constituyéndose básicamente en la zona edificada. Dentro del Suelo Urbano se definen dos espacios como Sistemas Generales de Equipamiento: el cementerio al nordeste del núcleo y la piscina municipal junto a la carretera a El Tejar-Antequera.

El Suelo Apto para Urbanizar se extiende en dos franjas al oeste (Sectores 1 y 2) y sureste del núcleo (Sectores 3 a 8), siendo esta última bastante superior y acaparando el mayor crecimiento del pueblo debido a las malas características de los terrenos al oeste de Palenciana.

El Suelo Apto para Urbanizar queda calificado en ocho sectores con los siguientes usos:

  • SAUR: suelo apto para urbanizar de uso residencial media densidad (Sectores 1, 4, 5, 6, 7 y 8).
  • SAUAI: suelo apto para urbanizar, agroindustrial (Sector 2) y residencial con tolerancia agroindustrial (Sector 3).

El resto del terreno se cataloga cono Suelo No Urbanizable, siendo la mayor parte SNU Común, si bien, se distinguen dos zonas a las que se concede protección específica:

  • Zona norte del núcleo, con protección especial compatible de complejos serranos de interés ambiental.
  • Ribera del Genil, con protección especial-integral, y en la que se prohíbe la ejecución de infraestructuras, desmontes y rellenos.

En el SNU común está permitida la realización de infraestructuras siempre que se cumpla con la legislación ambiental que corresponda.

  • SAUR: suelo apto para urbanizar de uso residencial media densidad (Sectores 1, 4, 5, 6, 7 y 8).
  • SAUAI: suelo apto para urbanizar, agroindustrial (Sector 2) y residencial con tolerancia agroindustrial (Sector 3).

El resto del terreno se cataloga cono Suelo No Urbanizable, siendo la mayor parte SNU Común, si bien, se distinguen dos zonas a las que se concede protección específica:

  • Zona norte del núcleo, con protección especial compatible de complejos serranos de interés ambiental.
  • Ribera del Genil, con protección especial-integral, y en la que se prohíbe la ejecución de infraestructuras, desmontes y rellenos.

En el SNU común está permitida la realización de infraestructuras siempre que se cumpla con la legislación ambiental que corresponda.